El Consejo de Ministros ha aprobado el
proyecto de ley de Educación (LOMLOE). El proyecto de Ley aprobado deroga la
LOMCE y el gobierno lo señala como "la primera pieza y piedra angular de
una profunda transformación del sistema educativo". Esto planteado así por
quien lo presenta, el gobierno, puede considerarse algo desmesurado, al menos,
pues no es fruto de un pacto o acuerdo transversal que involucre a todas las
partes que intervienen en La Educación en España desde cualquiera de los
ámbitos objeto de análisis: académico, político, social, económico y
territorial.
Comencemos el análisis comentando
someramente esta presentación realizada desde el gobierno. Véase:
https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=10219618163477310&id=1612749439
Comienzo por esta mención que hace a los
derechos de la infancia: “Derechos de la infancia como principios rectores. Por
primera vez, una ley educativa incluye el enfoque de derechos de la infancia
entre los principios rectores del sistema, según lo establecido en la
Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (1989), reconociendo
el interés superior del menor, su derecho a la educación".
Pregunto: ¿Me pueden explicar porqué o en
base a qué el Estado es más garante que los padres respecto del derecho
de la infancia? ¿Según lo establecido en la Convención sobre los Derechos del
Niño de Naciones Unidas (1989), reconociendo el interés superior del menor, su
derecho a la educación y la obligación que tiene el Estado de asegurar el
cumplimiento efectivo de sus derechos? Creo no hay discusión en la primera
parte de la cuestión, al derecho o
derechos del niño se le otorga y así debe ser, un interés superior. Pero sigue: "y la obligación que tiene el
Estado de asegurar el cumplimiento efectivo de sus derechos". Esto es un
tratamiento sutil, sibilino y asimétrico. Porque la lectura del Estado desde el
espíritu del proyecto presentado tiene el siguiente error, primero, al
entender que el interés del niño es superior al interés de los padres, pero que
no es superior al interés del Estado. ¡No, señores! lo que dice, creo, la
convención de los Derechos del Niño es algo simétrico, mire cómo se mire. Es
superior también, por ser niño, al interés del Estado y/o Sector Público. Y si
se vulneraran desde los Estados, estos quedarían, al menos, en entredicho. El
segundo error es el atrevimiento del Estado y sector público que avala este
proyecto de ley al entender no que el niño tenga un interés superior a los
intereses de los padres y del Estado, sino que el Estado es el que tiene la
obligación de velar y asegurar los intereses del niño: “la obligación que tiene
el Estado de asegurar el cumplimiento efectivo de sus derechos". Pregunto:
¿Es que acaso los padres no tienen esta misma obligación? ¡Qué
cosas! ¡Quítate tú ( padres) para ponerme yo (gobierno de turno)! Esto no
es de recibo, gobierne quien gobierne. Aprecio pues dos errores garrafales por:
1) su asimetría (otorga mayor cobertura a la garantía que ofrece el Estado al
interés superior del niño que la garantía que ofrecen los padres, y 2) por su mentira al presentar su
discurso afirmando lo que no afirma la Declaración de los Derechos del Niño, al
interpretar que la superioridad es de los derechos de los niños ante los
derechos de los padres y lo hacen ocultándolo en una mentira, pues no se trata
del derecho de los padres, se trata de la obligación que tienen los padres como
también la tiene el Estado. Por favor, no ninguneen a los padres, no ninguneen
a las familias, no se otorguen la responsabilidad excluyendo a los padres y
dicotomizando el problema, presentándolo como en pugna manifiesta, los
intereses y derechos de los niños contra los de sus padres, por un lado, y, por
otro, asumiendo, no sé porqué, que hay fundamento pedagógico, o antropológico,
que avale la correlación pacifica y plácida entre los intereses y derechos de
los niños con los intereses, derechos y obligaciones del Estad. En absoluto
existe tal fundamento. Es falso. Y el planteamiento asimétrico es un
atrevimiento o una pretensión perversa. Presumir dicho fundamento es mentir. La
experiencia nefasta de los pisos tutelados en Baleares puede ser un botón de
muestra, no obstante, aclaro, sé que en muchos otros casos la labor pública ha
sido buena. Ejemplos y contraejemplo particulares siempre hubo, hay y habrá
entre los padres y entre los responsables públicos.
Una observación, incorporo, de mi maestro
el profesor José Miguel Sánchez Molinero, sobre el tema de los derechos del
niño: "el problema de las democracias "modernas" es creer que
los derechos humanos (de los niños, los jóvenes y los viejos) son meras
convenciones sociales, ya sean convenciones avaladas por las Naciones Unidas o
por la Asamblea Nacional de `Pupurusia`. Los derechos de las personas son
anteriores a toda convención. Son inherentes a la condición de persona; y la
persona no es persona si no está inserta en una estructura familiar. Pero esto
no se puede saber a menos que se cuente con unos valores de base, como son los
de la civilización cristiana. Cuando los derechos se convierten en
convenciones, se pueden generar situaciones aberrantes: ejemplos hay
'amparados' en una mayoría de votantes, cargada de sentimientos
"humanitarios"... .¿Para qué seguir? Supongo que el estado puede, y
debe, tutelar los derechos de los niños frente a los padres en algunas
situaciones muy especiales; pero pensar que el estado tiene un derecho
primordial de tutela, por encima de los padres me parece una auténtica
aberración”.
Por otro lado, dice el artículo difundido
por el gobierno sobre el nuevo proyecto de ley también :
1. - "Además, el texto adopta un
enfoque de igualdad de género a través de la coeducación”.
2.- "El proyecto de Ley defiende que
la educación pública es el eje vertebrador del sistema abordando la tarea
educadora acompañado de un importante sector de la escuela concertada que
cumple sus fines sociales“.
Sobre estos puntos también se debe entrar
en la discusión legislativa y desvelar qué intereses hay detrás inspirando el
espíritu del texto legislativo que pretenden alumbrar.
Permítanme este comentario, el texto
adopta un enfoque de igualdad de género a través de la coeducación. ¿Esto en
qué se concreta? ¿Qué es la igualdad de género exactamente? ¿Qué es la
coeducación? ¿Se abordará el enfoque de igualdad desde la difuminación de los
géneros y el relativismo o desde la identificación de los géneros? ¿Desde la
cobertura Pública - Privada? ¿Pública, Concertada, Privada? ¿Pública -
Concertada?
Reitero lo que dice: “El proyecto de Ley
defiende que la educación pública es el eje vertebrador del sistema, abordando
la tarea educadora acompañado de un importante sector de la escuela concertada
que cumple sus fines sociales".
¿En qué se concreta también esto? ¿El
proyecto de ley defiende la educación o la educación pública? La educación
pública es el eje vertebrador del sistema y lo hace cómo. No sola, sino
acompañada de un importante sector de la escuela concertada que cumple sus
fines sociales. ¡Cómo de raro suena esto! ¿Comienzan las exclusiones? Sí, 1° El objetivo no es la Educación, se
defiende la educación pública como eje vertebrador. 2° se excluye la educación
privada. 3°¿También parece se apunta la exclusión de parte de la educación
concertada? ¿Cómo? Pues señalando implícitamente, parece, a un 'no importante
sector' de la educación concertada que incumple sus funciones sociales. ¿Este
'sus' a qué o a quiénes se refiere/n? ¿a las funciones sociales de tales
centros concertados como tales o a las funciones sociales dictadas
unilateralmente desde el gobierno, desde las políticas educativas del gobierno
de turno? Estos polvos llevarán a lodos.
Por otro lado, la Educación Primaria se
organiza en tres ciclos. La ley elimina la jerarquía de materias en Primaria y
Secundaria Obligatoria (desaparece la anterior división de materias en
troncales, específicas y de libre configuración) y se suprimen definitivamente
las pruebas finales de etapa. ¿En qué se concreta esto?
También indica: “El texto lleva a cabo una
regulación de las competencias del Estado y de las comunidades autónomas
respetuosa con el marco constitucional y basada en la cooperación y lealtad
institucional”. Bases éstas tan nítidamente supuestas como inexistentes en el
devenir histórico de las políticas educativas implementadas en Cataluña y
discrecionalmente también en algunas comunidades autónomas.
Señala: “Se recupera el modelo de
desarrollo curricular compartido entre el Gobierno y las comunidades autónomas,
que venía funcionando satisfactoriamente hasta 2013. –un 55% de los contenidos
y materias serán competencias del Estado en las comunidades autónomas con dos
lenguas oficiales y un 65% serán competencias del Estado en las comunidades con
una lengua oficial-”. Me pregunto: ¿Satisfactoriamente? ¡Cómo se puede decir
esto! Éstas asimétricas aplicaciones del modelo, estas diferencias de
criterios, estos diferentes porcentajes, sin justificación pedagógica, ni
educativa alguna, también son polvos que devendrán en lodos, vientos que
rolarán a tempestades. Como de hecho se han contrastado ya, aunque lo
califiquen, falsamente, como satisfactorio.
Termino este comentario apuntando lo que
creo no es sino otra pretensión doctrinaria. La norma garantiza que todos los
estudiantes de Educación Primaria y ESO cursen una materia de educación en
valores cívicos y éticos.
¡Hombre, como iba a faltar esto! ¿Cuál
será su alcance? ¿ Cuál su intención? ¿O será otra pretensión doctrinal como la
fenecida Educación para la ciudadanía (EpC) ahora retornando con nuevos
impulsos desde las autodenominadas “nuevas fuerzas del cambio”, ahora
gobernando? Ya veremos. Ojalá no. Pero no soy tan ingenuo, ante la falta de
consenso y carencia de pacto de estado. Ni se les ocurra conducir tutelas
excluyentes, no ninguneen a los padres, no excluyan a las familias en su
correcto papel en relación al sistema educativo. Advierto que estos neo
socialistas y neo comunistas, presumiendo de renacentistas, de ilustrados y de
relativistas postmodernos, hasta del mismo Inmanuel Kant desconfían, anhelando
para sí el poder tutelar desde el Estado y su gobierno sobre los alumnos de
España. Atentos debemos quedar ante estas pretensiones, del quítate tú o
quítese otro para ponerme yo (sector público, o gobierno de turno) que yo le
cuido. No, por favor, ni con este gobierno, ni con ninguno. No ninguneen a los
padres en su derecho primigenio. Cuenten con los padres, busquen los consensos
y la cosa saldrá mejor, hasta el pacto nacional se podría vislumbrar con
esperanza.
En este nuevo proyecto de ley de Educación parece
no quererse ver el triángulo virtuoso
que siempre se ha generado, genera y se generará entre las personas: alumnos, profesores y padres,
tanto en los colegios y como en las casas, y más aun si cabe, ahora con las posibilidades virtuales.
De hecho, es de admirar la potencia de dicho círculo virtuoso en todo este
tiempo de “cuarentena” por la crisis del coronavirus. Con todo, vemos vivo el
sistema educativo , antes en los colegios con el apoyo en las casas con los
padres y hermanos, ahora desde y en las casas con el apoyo de los colegios con
sus profesores. Virtualmente los colegios, las universidades, siguen 'abiertos'
y esto es un activo inmenso al que no se le puede dar la espalda. La clave para
un enfoque correcto no es verlo sólo desde la óptica corporativista o
institucional, se trata, creo, de poner en valor lo fundamental del sistema
educativo. ¿Qué es lo fundamental? Lo
fundamental son las relaciones personales sustentadas entre las personas que se
sirven mutuamente en el ámbito educativo: alumnos, profesores y padres, en
los colegios, en los institutos, en las universidades y en las casas. Ánimo y a Servir.