Jerez/ESPAÑA.- A finales del pasado mes, el obispo de la Diócesis, José Mazuelos, firmó un decreto donde modifica parte de la normativa diocesana de las hermandades. El cambio afecta a la posibilidad existente de poder votar por correo en los cabildos de elecciones de las cofradías. Hasta ahora, el reglamento solo permitía que pudieran hacerlo aquellas personas que alegaran algún tipo de enfermedad, por lo que se requería de un certificado médico oficial.
No obstante, a partir de ahora se permitirá también que puedan votar por correo aquellos hermanos que residan fuera de la provincia eclesiástica a la que pertenece la Diócesis de Jerez (el Obispado asidonense forma parte de la provincia de Sevilla, que está conformada por la Archidiócesis de Sevilla y las Diócesis de Cádiz y Ceuta, Canarias, Córdoba, Huelva y Tenerife).
Para acogerse a esta posibilidad junto al voto se deberá adjuntar un certificado de empadronamiento que corrobore que se cumple con este requisito. Asimismo se mantiene la posibilidad de que puedan votar aquellas personas que se encuentran enfermas, sea cual sea su residencia. En cambio se continuará sin permitir el voto por correo a aquellos hermanos que residan en una localidad de la Diócesis distinta a la de la hermandad o que no puedan asistir al cabildo por motivos personales o laborales.
La modificación de la Normativa Diocesana de Hermandades entró en vigor el pasado 25 de julio