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Portada:: Reflexión en libertad:: Diego Quiñones Estévez:: Constitucionalidad y legalidad de la enseñanza de la Religión en la LOMCE.

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Constitucionalidad y legalidad de la enseñanza de la Religión en la LOMCE.

Thu, 23 May 2013 20:58:00
 

En el Anteproyecto de la nueva Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, LOMCE (2013), la asignatura de Religión y Moral Católica( y de las religiones y confesiones que tienen Acuerdos de cooperación firmados con gobiernos socialistas) en Primaria y Secundaria debería recibir el tratamiento jurídico y constitucional que le corresponde desde 1979: debe seguir teniendo, constitucional y legalmente, valor académico, por ser evaluable y equiparable a las materias fundamentales; debería servir como nota media para el acceso a la Universidad y para la obtención de becas. Esto tiene también que aplicarse a la alternativa, que es la materia de Valores Culturales y Sociales, en Primaria, y en Valores Éticos, en Secundaria.

Esta situación es la que debería ser de la asignatura de Religión y su alternativa en Primaria y Secundaria, lo mismo que en Infantil y Bachillerato. En el Borrador del Anteproyecto de la LOMCE del cinco de diciembre de 2012, en Bachillerato aparece como una asignatura específica que se elegiría entre varias asignaturas.

En todos los niveles educativos, Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato, el derecho a la enseñanza religiosa, no es unprivilegio de la Jerarquía de la Iglesia Católica, son las familias cristianas católicas que conforman la Iglesia Católica en el Estado aconfesional de España, y son las familias de las religiones judía e islámica, así como de la confesión cristiano-evangélica, las que tienen ese derecho y deber a la misma, por el bien común de la educación integral de sus hijos.

Recordemos lo que nos dicen los Acuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede en materia de enseñanza y asuntos culturales [1](1979). Recordémoselos a los ideócratas del laicismo antirreligioso, que falsifican la Historia, que los Acuerdos se firmaron teniendo en cuenta la Constitución Española, aprobada un año antes, en 1978:

"Artículo I

A la luz del principio de libertad religiosa, la acción educativa respetará el derecho fundamental de los padres sobre la educación moral y religiosa de sus hijos en el ámbito escolar.

En todo caso, la educación que se imparta en los centros docentes públicos será respetuosa con los valores de la ética cristiana.

Artículo II

Los planes educativos en los niveles de Educación Preescolar, de Educación General Básica (EGB) y de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) y Grados de Formación Profesional correspondientes a los alumnos de las mismas edades, incluirán la enseñanza de la religión católica en todos los Centros de Educación, en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales.

Por respeto a la libertad de conciencia, dicha enseñanza no tendrá carácter obligatorio para los alumnos. Se garantiza, sin embargo, el derecho a recibirla.

Las autoridades académicas adoptarán las medidas oportunas para que el hecho de recibir o no recibir la enseñanza religiosa, no suponga discriminación alguna en la actividad escolar.

En los niveles de enseñanza mencionados, las autoridades académicas correspondientes permitirán que la Jerarquía Eclesiástica establezca, en las condiciones concretas que con ella se convenga, otras actividades complementarias de formación y asistencia religiosa."

Por los Acuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede en materia de enseñanza y asuntos culturales (1979), desde la década de los años ochenta del Siglo XX, la Religión tenía valor académico, servía para la nota media de acceso a la Universidad, para la solicitud de una beca, al igual que la alternativa a la misma, que era la Ética. Esto ocurría cuando sube al poder en 1982 el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), en los inicios de las legislaturasde los gobiernos socialistas, con mayorías absolutas. Pero empieza a ser discriminada con la Ley Orgánica del Derecho a la Educación, LODE (1985). Ésta ley fue un capricho del ministro socialista de Educación, José María Maravall, pues, en sus puntos cruciales se hizo a espaldas del Parlamento, con fuerzas sociales ideológicamente interesadas, sin contar con las familias como se manifestó en la carta de José María Maravall[2] que dirigió a los padres, donde además de saltarse las reglas básicas del juego democrático, los ninguneaba. Ya antes, y antes de aprobarse la LODE, en 1983, desde el Ministerio de Educación se decía a los obispos de la Iglesia Católica: "Enseñan ustedes religión católica…, pero adaptada a mi política legislativa."[3] La LODE ya preparaba consumar el golpe de estado educativo socialista con otra ley, la LOGSE, para modelar un sistema educativo a su ideología, que, es el que ha perdurado hasta ahora, a inicios del Siglo XXI:

"…el proyecto de reforma de la enseñanza que se debate actualmente, "invita a no optar por la enseñanza de la religión y esta situación se ve corroborada por los centros-pilotos donde se está aplicando experimentalmente la reforma" (ABC, 31-5-1989, p.15).[4]

La historia de la marginación de la asignatura de Religión y su Profesorado se sintetiza como sigue: se acentúa, al no incluirla como Área, como las demás materias, con la también socialista Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, LOGSE (1990) que se mantuvo durante las dos legislaturas de gobiernos de centro derecha liberal(1996-2004), cuya Ley Orgánica de Calidad de la Educación, LOCE(2002) nunca se aplicó porque fue abortada cuando regresa el socialismo al poder tras el Atentado Terrorista del 11-M-2004, y se la reemplaza por la ultralaicista Ley Orgánica Educativa, LOE(2006).

En esta historia de más de treinta años,se arrincona y degrada inconstitucionalmente a la asignatura de Religión y al Profesorado, reduciéndoles horas lectivas, al mismo tiempo que se le contraponen alternativas sin valor académico ni pedagógico, y sin que cuente para la expediente académico como nota media para el acceso a la Universidad, ni para la obtención de una beca. De este modo se discriminaba a los alumnos que elegían de forma voluntaria la asignatura, porque, al tener valor académico y ser válida para pasar de curso, supone un esfuerzo que los alumnos de la alternativa no realizan.

Se han lanzado calculadas mentiras contra la enseñanza de la Religión, como la de decir que los Acuerdos son preconstitucionales y, por tanto, antidemocráticos. Para empezar, a quienes han falsificado la memoria histórica más reciente de España, y ya no hablemos la más lejana, hay que recordarles, que, los Acuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede en materia de enseñanza y asuntos culturales (1979) se atienen a la legalidad y constitucionalidad,ya que se firmaron y ratificaron un año después de la aprobación por referéndum popular de la aconfesional Constitución Española (1978).

Los amnésicos-falsificadores izquierdistas de la historia real, son los que han marcado el historial educativo de la Religión Católica, utilizando un sistema- político-operativo de persecución, que, con el paso del tiempo, trepando por las cumbres del poder político-mediático, se ha vuelto enuna patologíaneurótico-obsesiva, propia de las democracias totalitarias, procedimentales o formales, y que entre otros muchos fracasos, nos ha desembocado en una estrepitosa crisis escolar y universitaria, a una crisis de valores de la que tenemos que salir por el bien común de la sociedad española.

Otra mentira mediático política de los recalcitrantes laicistas del mediocre relativismo izquierdista sociata-comunista y del feminismo radical -neomarxista de la ideología de género, es la de repetir hasta el aburrimiento, que la asignatura no tiene valor académico, que es obligatoria, que no es evaluable, que es catequesis, y por tanto, ha de salir del sistema educativo. Conrespecto a esto, decir, que desde los primeros gobiernos del socialismo hasta el último, no han olvidado una de sus taras reaccionario-progresistas: el laicismo masónico socialista y guerracivilista de la jacobina y anticristiana II República (1931-36). Desde él, desde 1982, se lanzaron a la aniquilación del hecho religioso en la vida social y educativa. Así se intentó degradar la enseñanza de la Religión Católica en los sucesivos gobiernos del felipismo y después con los del zapaterismo laicista, queriendo reducirla al absurdo antipedagógico y antididáctico.

Su argumento, igual al de siempre: ellos y sus leyes son las únicas democráticas, y las de los gobiernos anteriores y posteriores, anticonstitucionales y antidemocráticas, como las del gobierno centro-reformista (1977-1982)de la Unión de Centro Democrático (UCD), y después con las de los gobiernos de centro derecha-neoliberal progresista del Partido Popular (PP) (es el caso de la abortada Ley Orgánica de la Calidad de la Enseñanza, la LOCE, abortada por la LOE del gobierno socialista del zapaterismo laicista), y las del gobierno actual del PP como la del Anteproyecto de la nueva Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, LOMCE (2013).

A pesar de los destrozos llevados a cabo contra el Estado de Derecho de nuestra democracia constitucional, él aún nos protege ya que tiene leyes constitucionales que defienden el derecho a la educación religiosa y moral según las propias convicciones de los padres y los alumnos, tal y como indica el Art. 27 de la Constitución Española) y tal como también se protege este derecho en el Art. 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)[5].

Esas leyes también fueron las que propiciaron y defienden la legalidad internacional y constitucional de los Acuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede en materia de enseñanza y asuntos culturales, respaldados además por el Derecho Internacional.

Las varias sentencias del Tribunal Supremo en 1994, señalaban la inconstitucionalidad de la LOGSE, cuando sentenciaba que la misma, además de vulnerar el Art. 27 de la Constitución Española[6], también vulneraba otros, como el Art. 14 sobre el principio de igualdad, "sin discriminación alguna por razón de religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social" ; y el Art. 16 sobre la libertad religiosa y la aconfesionalidad del Estado donde se indica que "los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas y mantendrán las consiguientes relaciones con la Iglesia Católica y demás confesiones de distinto signo".

Al gobierno socialista se le advertía, que además de vulnerar los preceptos constitucionales, también vulneraba el Tratado Internacional que son losAcuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede en materia de enseñanza y asuntos culturales: a) "al no incluir la enseñanza de la Religión Católica, en condiciones "equiparables" a las demás áreas o materias fundamentales"; y b) por no adoptar "las medidas oportunas para que el hecho de recibir o no recibir la enseñanza religiosa no suponga desigualdad alguna, vetada por la Constitución, en la actividad escolar". Esta sentencia de 1994 fue interpretada ideológicamente por el gobierno socialista en el Decreto del 16 de Diciembre de 1994(B.O.E. 26-1-1995), Decreto que fue impugnado por la asociación de los padres católicos, CONCAPA, por razones de legalidad. Por parte del Comité Ejecutivo de la Conferencia Episcopal se hizo varias puntualizaciones al Decreto por el incumplimiento del Art. 2 de los Acuerdos:

1º)No se imparte tal enseñanza en "condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales" ni se garantiza <>; las calificaciones de los alumnos de Religión de Bachillerato no son tenidas en cuenta para la obtención de becas y acceso a la Universidad; exigencia de mayor esfuerzo a los alumnos de Religión que a los que participan de enseñanzas alternativas, como enseñanzas complementarias.

2º) Las enseñanzas alternativas no son consideradas con valor académico ni evaluable, por lo que no cumplen con su función respecto a la enseñanza de la Religión.

3º) Graves consecuencias: es un paso decisivo en el proceso de desarme religioso y moral de la juventud española.

4º) Hemos comprobado con pena que esta regulación no se ajusta al Acuerdo…, pese al enorme esfuerzo de diálogo y conversaciones…

5º) Se ha perdido una oportunidad para la regulación satisfactoria…con los perjuicios para la formación en valores de la infancia y juventud…tanto creyente como no creyente…

6º) No se trata de privilegio, sino de cumplimiento estricto del Acuerdo, votado mayoritariamente por el Parlamento Español, y que tiene un rango de Tratado de Derecho Internacional y de ley Orgánica, y por tanto constituye norma obligatoria para todos.

7º) Si los padres no exigen a sus hijos un esfuerzo extraordinario, poco a poco irá desapareciendo de los Centros de Educación Secundaria la enseñanza de la religión (como ha sucedido en los centros donde se ha anticipado la Reforma).

8º) Los Vicarios llevarán a cabo las acciones posibles para garantizar una formación integral y plena de calidad…, y la formación de los profesores.

Nuestras actuales y futuras generaciones, tienen el derecho y el deber a una pedagogía de la transcendencia y no a una pedagogía antirreligiosa y sin esfuerzo del laicismo radical izquierdista y del feminismo radical de la neomarxista ideología de género, que quieren cerrar las puertas a dimensión transcendente de la persona, promoviendo argumentarios negativos y desfasados, fuera de la realidad histórica que vivimos, argumentarios tan caducos como el de considerar que la creencia y la pedagogía de Dios, hacen que las personas se inhiban de sus compromisos vitales, es decir, los aliena de la realidad(Marx, Feuerbach), como si fuera una droga o una ilusión irracional y subjetiva(Freud).

Éstas y otras son las oxidadas maniobras de una ideológica programación antipedagógica, propia de una pedagogía comprensiva de la irresponsabilidad que ha invadido las Ciencias de la Educación. Las socialistas leyes educativas de la LODE, la LOGSE y la LOE, se obcecaron en construir un aprendizaje desvinculado de Dios, de la Religión, de la espiritualidad, del sentido transcendente de la vida para hacer viableel mito de la escuela única, secularizada, laica, autogestionaria, comprensiva y obligatoria. Este aprendizaje es erróneo, está equivocado, porque prescinde del aprendizaje integral de la persona.

Cuando se amputa el sentido trascendente de la persona, se impide "dar consistencia y significado a nuestra libertad."[7] La verdadera la verdadera enseñanza es la que se preocupa por la persona humana para impedir que sea manipulada por las falsificaciones de la libertad, para permitir que la fe tenga su espacio y no reducir la razón sólo a lo que se puede calcular y utilizar. Una educación y un aprendizaje sin la pedagogía de la transcendencia, sin la presencia de le enseñanza de la Religión en igualdad de condiciones didácticas y académicas que las demás materias, se hundirá en un fracaso seguro, fracaso, que, ya padecemos, en cuanto a calidad y libertad, en cuanto a una evolución racional y equilibrada del proceso educativo en valores morales y éticos.

Cuando intencionadamente se cae en control ideológico de las conciencias en embrión de los educandos, se descubre que no hay la más mínima consideración y preocupación por ellos, salvo para modelarlos ideológicamente, pues, se les quiere despersonalizar al abortarles el sentido de la vida humana, que tiene un sentido transcendente y humano.


[1] Santa Sede, "Acuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede en materia de enseñanza y asuntosculturales",en Conventiones inter Apostolicam Sedem et Nationem Hispaniam, 1979, en www.vatican.va

[2] Vázquez, Jesús María, y, García Gómez, "Cultura, educación y medios de comunicación social", en LA MORALIDAD PÚBLICA A DEBATE. Análisis Sociológico: El Documento <> y la Prensa, Edit. Instituto de Sociología Aplicada, Madrid, 1991, ps 52-56.

[3] Ibídem, p. 52.

[4] Ibídem, p. 53.

[5] O.N.U., Declaración Universal de los Derechos Humanos, en www.un.org

[6] Constitución Española de 1978, enwww.lamoncloa.es .

[7] Benedicto XVI sobre Italia, política y los desafíos de los católicos, "Discurso a la IV Asamblea Eclesial Nacional de ese país celebrada en Verona",27-10-2006 en www.ZENIT.org/ .







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